Los residentes andaluces de los grupos de priorización activos que se desplacen a otros municipios de la comunidad podrán vacunarse si solicitan el desplazamiento sanitario
La Consejería de Salud y Familias recomienda a la ciudadanía durante el verano la vacunación frente al Covid-19 en el sitio de la residencia habitual, dada la complejidad de la logística en este tipo de campañas de vacunación pandémica masivas. No obstante, se podrán vacunar todas aquellas personas residentes en Andalucía desplazadas a otros municipios de la comunidad en el período estival, siempre y cuando tengan concedido el desplazamiento sanitario de forma oficial tras haberlo solicitado vía telemática o presencial en un centro sanitario público de Andalucía, y se incluyan en los grupos de priorización activos de la Estrategia de vacunación.
Estas personas, una vez que hayan cumplido estas condiciones, podrán solicitar cita para la primera dosis de vacunación por los canales oficiales disponibles para todos los residentes de Andalucía, o bien podrían ser contactados por el SAS mediante llamada telefónica o SMS. En caso de que se quiera gestionar la cita para la segunda dosis, deberá hacerse en el centro de salud asignado.
En lo que se refiere a la vacunación de personas desplazadas a Andalucía procedentes de otras comunidades, solo se podrán vacunar los que se desplacen por un período mínimo de 30 días, tengan concedido el desplazamiento sanitario de forma oficial y pertenezcan a alguno de los grupos de priorización activos.
Una vez que hayan cumplido estas condiciones, estas personas pueden solicitar cita para la vacunación, siempre de manera presencial en el centro de salud asignado. En el supuesto de que se quiera gestionar la cita para la segunda dosis, se deberá aportar el certificado oficial de la primera dosis de vacunación de su comunidad, con el fin de que se pueda comprobar todos los datos e introducirlos como vacunación externa.
Por otro lado, no se contempla la vacunación de personas desplazadas a Andalucía procedentes de otros países por motivos turísticos o profesionales de corta estancia, salvo para las personas con residencia familiar en Andalucía, que trabajan o estudian en el extranjero y que acuden a Andalucía para pasar varias semanas de vacaciones. En este caso, se debe solicitar el desplazamiento sanitario, y los profesionales del centro de vacunación evaluarán el caso. En el supuesto de que haya recibido una dosis de la vacuna en el país de procedencia, se debe completar la vacunación si procede, con la misma vacuna, o en caso de que no esté disponible, con la más adecuada según el protocolo específico diseñado para completar las pautas. Es imprescindible aportar el certificado oficial de la primera dosis de vacunación del país de origen.
Además, de forma general, no se vacunará a personas por el hecho de viajar fuera de Andalucía, ya que los viajes internacionales por ocio y turismo no constituyen un motivo justificado para priorizar su vacunación frente al Covid-19. Sin embargo, podrán ser vacunados los viajeros internacionales que se enmarquen en alguno de los grupos activos de vacunación que se dirijan a un país o región categorizados de riesgo con una Incidencia Acumulada por 100.000 habitantes a 14 días superior a 150 casos durante un tiempo prolongado superior a 3 semanas, o viajes cortos y reiterados, por motivos laborales, o causa de fuerza mayor como puede ser la tramitación de adopciones internacionales, la visita a familiares en sus países de origen por causa justificada (hospitalizaciones, accidentes, decesos, tratamientos quirúrgicos, etcétera).
Siguiendo las recomendaciones de la Estrategia, para aquellos colectivos que tienen dificultades para acudir al centro de vacunación en el tiempo establecido para completar una pauta de dos dosis, como es el caso de los cooperantes, estudiantes de Erasmus, trabajadores del mar u otros, estaría indicada la utilización de la vacuna de Janssen.