Ya se puede pedir las ayudas municipales al alquiler

Las ayudas se dirigen fundamentalmente a dos grupos de ciudadanos. Aquel que está integrado por unidades de convivencia que residan en las viviendas gestionadas por la Empresa de Suelo Isleña (Esisa)

noticia de www.saltv.es

Empresa de Suelo Isleña ESISA 1

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado la convocatoria de ayudas municipales al alquiler de vivienda que Alcaldía decretó el pasado 26 de abril. Unas ayudas que ascienden a un total de 100.000 euros y los interesados disponen de 20 días para formalizar su solicitud.

Las ayudas se dirigen fundamentalmente a dos grupos de ciudadanos. Aquel que está integrado por unidades de convivencia que residan en las viviendas gestionadas por la Empresa de Suelo Isleña (Esisa) y que hayan presentado su solicitud en la convocatoria de ayudas efectuada por la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía conforme a la Orden de 30 de octubre de 2018, por la que se convocan ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que no han sido atendidos por dicha administración por falta de disponibilidad presupuestaria. La ayuda en este caso consistirá en una subvención por el importe correspondiente a la ayuda autonómica no satisfecha por la Consejería.

El segundo grupo, incluye a todas las unidades de convivencia con contrato de arrendamiento vigente a la fecha de presentación de la solicitud, que conforme a los requisitos de las ayudas se encuentren en una situación de vulnerabilidad.

Tendrán prioridad las familias en situación de riesgo o exclusión social, que acrediten esta circunstancia con certificado de los Servicios Sociales municipales, víctimas de violencia de género, familias monoparentales, personas mayores de 65 años y personas privadas del derecho de uso y disfrute sobre su vivienda habitual y permanente en ejecución de un fallo judicial.

Así el Ayuntamiento concederá una ayuda por unidad de convivencia que podrá llegar hasta el 60% del importe mensual del alquiler de la vivienda arrendada, con un límite máximo de 240 euros mensuales. La cantidad máxima del alquiler no podrá superar los 400 euros, independientemente de que la renta sea más elevada. Las ayudas se concederán por un plazo máximo de seis meses, pudiendo solicitarse dos ayudas anuales, lo que garantizaría la cobertura para todo el año.

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