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CSIF denuncia la discriminación retributiva por enfermedad en el Ayuntamiento de Cádiz

El plus de productividad se abona a todo el personal que realiza su trabajo de manera ininterrumpida, cumpliendo los objetivos, o cuando está disfrutando de permisos, licencias o vacaciones, pero no contempla a quienes están enfermos

ayto cadiz

La sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Cádiz quiere denunciar públicamente la discriminación retributiva por enfermedad hacia el personal funcionario municipal. Una discriminación que, a juicio del sindicato, vulnera el Estatuto Básico del Empleado Público y la actual Ley de Igualdad de Trato y la No Discriminación que protege precisamente contra la discriminación retributiva por enfermedad en el ámbito laboral.

Actualmente, el acuerdo regulador del Ayuntamiento (que no firmó CSIF por detectar ciertas irregularidades) en su artículo 41 se establece que el plus de productividad se abonará a quienes cumplan sus objetivos asignados y no falten al trabajo salvo si están de vacaciones, por asuntos propios, accidentes de trabajo, permisos justificados, matrimonio, incapacidad temporal por embarazo de riesgo, maternidad y paternidad, permiso por gestación, lactancia o asistencia a actividades formativas. Esto deja fuera a todo el personal que está de baja médica temporal, creando la discriminación que denuncia CSIF; y así se lo ha hecho saber en reiteradas ocasiones a los responsables del Gobierno local. 

Con la reciente polémica por el mal funcionamiento de los programas de detección precoz de cáncer en toda Andalucía, hace unos días se han reunido en Comisión Paritaria los sindicatos firmantes del acuerdo regulador con responsables de Personal del Ayuntamiento para apostillar que el plus de productividad sí se abonará en casos de enfermedades oncológicas graves. Esto, para CSIF, sigue incidiendo en la irregularidad denunciada y la discriminación que se comete hacia quienes padecen otro tipo de patologías (ya sea, por ejemplo, una baja por depresión, una lesión grave de espalda o un infarto). A esto hay que añadir que ningún trabajador, por protección de datos, tiene la obligación de informar a la empresa (en este caso, el Ayuntamiento) de la patología concreta que padece.

Esta sección sindical considera “inaceptable que se penalice económicamente al personal municipal por enfermar”. Así, CSIF exige a la Corporación municipal, así como a los sindicatos firmantes del acuerdo regulador del personal funcionario que anulen cuanto antes la aplicación del artículo 41 y procedan al abono de las cantidades no percibidas por los trabajadores afectados.

Al mismo tiempo, CSIF reitera su compromiso firme con la igualdad, la legalidad y la dignidad laboral de todo el personal público, y advierte que no tolerará prácticas discriminatorias ni vulneraciones de derechos amparadas en decisiones políticas o administrativas arbitrarias. Por ello, ante la falta de respuesta municipal a las consultas planteadas por este sindicato, CSIF ha puesto en manos de su asesoría jurídica esta situación discriminatoria.